Texto oficial
Artículo 67.- Suprímese el cargo de Receptor Laboral
de la planta del personal de los juzgados que se indican:
Tercero de Letras de Iquique; Cuarto de Letras de
Antofagasta; Quince, Dieciséis, Diecisiete, Dieciocho,
Diecinueve, Veinte, Veintiuno, Veintidós, Veintitrés y
Veinticuatro Civil de Santiago; Tercero y Cuarto Civil de
Presidente Aguirre Cerda; Quinto y Sexto de Letras de
Concepción; Sexto, Séptimo y Octavo de Valparaíso, y
Cuarto de Letras de Rancagua.