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Artículo UNICO de la Ley 18.540 · Modifica el d.f.l. (g) n° 1, de 1968, estatuto del personal de las fuerzas armadas

Modifica el d.f.l. (g) n° 1, de 1968, estatuto del personal de las fuerzas armadas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29935 / 5988687.

Texto oficial

Artículo único.- Suprímense en la letra b) Oficiales Ingenieros (I) del artículo 49 del decreto con fuerza de ley N° 1, de Guerra, de 1968, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por decreto N° 14, de la Subsecretaría de Guerra, del año 1977, la expresión "General de Aviación" y el guarismo "2 años" que le precede.