Texto oficial
Artículo 1°.- Introdúcense las siguientes modificaciones al decreto ley N° 2.758, de 1979:
1.- En el artículo 5°:
a) Reemplázase, en el N° 1 del inciso primero, el punto final (.), por una coma (,) seguida de la palabra "y";
b) Derógase el N° 2 de dicho inciso;
c) Reemplázase, en el N° 3 el guarismo "3" por "2", y
d) Reemplázase, en el inciso tercero, la expresión "N° 3" por "N° 2".
2.- Reemplázase el inciso quinto del artículo 55 por el siguiente:
"En todo caso, el lock-out no afectará a los trabajadores a que se refiere el número 2 del artículo 5°.".