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Artículo UNICO de la Ley 18.606 · Declara feriado legal el dia 3 de abril de 1987

Declara feriado legal el dia 3 de abril de 1987

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29997 / 8285970.

Texto oficial

Artículo único.- Declárase feriado legal el día 3 de Abril de 1987.