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Artículo 2 de la Ley 18.610 · Modifica decreto con fuerza de ley n° 149, de 1981, del ministerio de educacion publica

Modifica decreto con fuerza de ley n° 149, de 1981, del ministerio de educacion publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30001 / 5989480.

Texto oficial

Artículo 2°.- Lo dispuesto en la norma precedente es sin perjuicio de lo previsto en el artículo transitorio de la ley N° 18.575.