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Artículo 1 de la Ley 18.632

Crea corporacion de asistencia judicial de las regiones de tarapaca y de antofagasta y le concede personalidad juridica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30022 / 7184450.

Texto oficial

Artículo 1°.- Créase la Corporación de Asistencia Judicial de las Regiones de Tarapacá y de Antofagasta con domicilio en Iquique. Esta Corporación gozará de personalidad jurídica, tendrá patrimonio propio y no perseguirá fines de lucro. Su finalidad será la de prestar asistencia jurídica y judicial gratuita a personas de escasos recursos. Además, será institución habilitada para que en ella se efectúe la práctica necesaria para el ejercicio de la profesión a los postulantes a obtener el título de abogado.