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Artículo 1 de la Ley 18.703 · Dicta normas sobre adopcion de menores y deroga ley n° 16.346

Dicta normas sobre adopcion de menores y deroga ley n° 16.346

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30085 / 7185304.

Texto oficial

Artículo 1°.- La adopción a que se refiere esta ley puede ser simple o plena. La adopción simple crea entre adoptante y adoptado sólo los derechos y obligaciones que se establecen en el Título II. La adopción plena tiene por objeto conceder al adoptado el estado civil de hijo legítimo de los adoptantes en los casos y con los requisitos que se establecen en el Título III.