Saltar al contenido

Artículo 7 de la Ley 18.715 · Modifica division política y administrativa del pais en la forma que indica

Modifica division política y administrativa del pais en la forma que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30096 / 8286064.

Texto oficial

Artículo 7°.- Modifícase la división comunal de la provincia que se indica, de la V Región de Valparaíso, fijada en el artículo 1° del decreto N° 1.325, del Ministerio del Interior, de 1980: Provincia de Quillota a.- Comuna de Calera Se incluye el sector de la comuna de Hijuelas situado al poniente y al norte del siguiente límite: El río Aconcagua, desde la puntilla Las Cabritas hasta la puntilla Pachacama; y la línea de cumbres, desde la puntilla Pachacama hasta la cota 1087, pasando por la loma Chorrillos, de la carta La Calera, 1era. Ed. 1978, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar. b.- Comuna de Hijuelas Se excluye el sector situado al poniente y al norte del siguiente límite: El río Aconcagua, desde la puntilla Las Cabritas hasta la puntilla Pachacama; y la línea de cumbres, desde la puntilla Pachacama hasta la cota 1087, pasando por la loma Chorrillos, de la carta La Calera, 1era. Ed. 1978, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.