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Artículo UNICO de la Ley 18.756

Suspende funcionamiento de la junta directiva de la universidad de chile y radica en su rector funciones y atribuciones de dicho organismo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30136 / 7185617.

Texto oficial

Artículo único.- Suspéndese el funcionamiento de la Junta Directiva de la Universidad de Chile, por el plazo de un año, a contar de la fecha de vigencia de esta ley. Radícanse en el Rector las funciones y atribuciones de dicho organismo, quien podrá delegarlas en las autoridades unipersonales o colegiadas que éste determine.