Texto oficial
Artículo único.- Declárase de utilidad pública y
autorízase la expropiación de los bienes y derechos de
cualquier naturaleza, que sean necesarios para que la
Corporación Nacional del Cobre de Chile construya un
sistema de disposición de relaves provenientes de la
explotación del Mineral El Salvador, ubicado en la
provincia de Chañaral, Tercera Región de Atacama, sea que
la conducción de esos relaves se valga de cauces naturales,
artificiales o de ambos, o bien, requiera efectuar la
modificación o desvío de esos cauces y con ello se afecten
derechos de particulares.
Las expropiaciones se harán efectivas a través del
Ministerio de Minería, mediante la expedición de uno o
más decretos supremos y se llevará a efecto para y con
cargo a la Corporación Nacional del Cobre de Chile