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Artículo 8 de la Ley 18.832 · Concede aguinaldo de fiestas patrias

Concede aguinaldo de fiestas patrias

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30208 / 5991270.

Texto oficial

Artículo 8°.- Increméntanse los items 50-01-01-03-21.001 y 50-01-03-25-33.004 de la Partida Tesoro P"blico del Presupuesto vigente, en la cantidad de $ 6.700.000 miles.