Texto oficial
Artículo 90.- Las remuneraciones son embargables hasta
en un cincuenta por ciento, por resolución judicial
ejecutoriada dictada en juicio de alimentos o a
requerimiento del Fisco o de la institución a que
pertenezca el funcionario, para hacer efectiva la
responsabilidad civil proveniente de los actos realizados
por éste en contravención a sus Obligaciones funcionarias.