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Artículo PRIMERO de la Ley Orgánica Constitucional del Banco Central de Chile

Ley orgánica constitucional del banco central de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30216 / 8488323.

Texto oficial

ARTICULO PRIMERO.- Apruébase como Ley Orgánica Constitucional del Banco Central de Chile el siguiente texto: