Texto oficial
Artículo 41.- Si el jefe directo rechazare las
solicitudes del funcionario, deberá dejarse constancia de
los fundamentos de su rechazo, agregando a la hoja de vida
tales solicitudes.
Aprueba estatuto administrativo para funcionarios municipales
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30256 / 8638877.