Texto oficial
Artículo 1°.- Autorizase al Estado para desarrollar
actividades empresariales en materia de agua potable y
alcantarillado, en los términos que se señalan en la
presente ley.
Autoriza al estado para desarrollar actividades empresariales en materia de agua potable y alcantarillado, y dispone la constitución de sociedades anónimas para tal efecto
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30258 / 9091640.