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Artículo 1 transitorio de la Ley 18.893 · Ley sobre organizaciones comunitarias territoriales y funcionales

Ley sobre organizaciones comunitarias territoriales y funcionales

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30266 / 8623757.

Texto oficial

Artículo 1.°- Las organizaciones comunitarias a las cuales se refiere esta ley, existentes a la fecha de su vigencia y que cuenten con personalidad jurídica, deberán inscribirse en el registro a que se refiere el artículo 6.°, dentro del plazo de sesenta días contado desde su publicación. El incumplimiento de esta obligación determinará la suspensión del ejercicio de los derechos y franquicias que la legislación contempla en favor de estas organizaciones comunitarias.