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Artículo 3 transitorio de la Ley 18.893 · Ley sobre organizaciones comunitarias territoriales y funcionales

Ley sobre organizaciones comunitarias territoriales y funcionales

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30266 / 8623760.

Texto oficial

Artículo 3.°- Mientras él Consejo de Desarrollo Comunal respectivo no haga uso de la facultad que le confiere el artículo 29 de esta ley, permanecerán vigentes las actuales unidades vecinales.