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Artículo 203 del Código Aeronautico

Aprueba código aeronautico

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30287 / 8639363.

Texto oficial

Artículo 203.- Esta ley entrará en vigencia seis meses después de su publicación en el Diario Oficial.