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Artículo 5 F de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional

Ley orgánica constitucional del congreso nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30289 / 8941180.

Texto oficial

Artículo 5° F.- Es deber de los parlamentarios asistir a las sesiones de la Cámara y de las comisiones a que pertenezcan.