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Artículo 1 transitorio de la Ley 18.922 · Modifica el d.f.l. n° 1, de 1982, de mineria, ley general de servicios electricos

Modifica el d.f.l. n° 1, de 1982, de mineria, ley general de servicios electricos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30293 / 7187355.

Texto oficial

Artículo transitorio.- La modificación al artículo 150° del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1982, del Ministerio de Minería, dispuesta en esta ley, entrará en vigencia 30 días después de su publicación en el Diario Oficial.