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Artículo 5 de la Ley Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas

Ley orgánica constitucional de las fuerzas armadas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30318 / 8639379.

Texto oficial

Artículo 5°.- Quedará sometido a la jerarquía y disciplina de las Fuerzas Armadas y demás que determinen las leyes, el siguiente personal: a.- Los conscriptos, y b.- Los Subalféresces, Cadetes, Grumetes, Aprendices y Alumnos de las Escuelas Institucionales que no formen parte del personal de planta.