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Artículo 2 transitorio de la Ley 18.952 · Crea direccion administrativa del ministerio de defensa nacional

Crea direccion administrativa del ministerio de defensa nacional

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30322 / 8218046.

Texto oficial

Artículo 2°.- La Dirección Administrativa del Ministerio de Defensa Nacional se hará cargo de los derechos y obligaciones pendientes de la Dirección Administrativa de la Junta de Gobierno, como, asimismo, de los de los órganos de trabajo de la Junta de Gobierno a que se refiere el artículo 4° de la ley N° 17.983.