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Artículo 14 de la Ley 18.993 · Crea ministerio secretaria general de la presidencia de la república

Crea ministerio secretaria general de la presidencia de la república

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30361 / 8286959.

Texto oficial

Artículo 14.- Dentro del plazo de 180 días, contados desde la publicación de la presente ley, el Presidente de la República, mediante la dictación de uno o más decretos supremos, establecerá la reglamentación orgánica del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República.