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Artículo 2 de la Ley 19.013 · Autoriza ereccion de monumentos en memoria de don jorge alessandri rodriguez

Autoriza ereccion de monumentos en memoria de don jorge alessandri rodriguez

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 30381 · idParte: 8286992

Texto oficial

Artículo 2°.- Los monumentos se erigirán: uno, en la ciudad de Santiago, y otro, en la ciudad de Valparaiso.