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Artículo 1 transitorio de Leyes Cumplido

Modifica ley n° 18.314, que determina conductas terroristas y fija su penalidad

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30394 / 8287064.

Texto oficial

Artículo transitorio.- Los procesos que se encontraren pendientes por delitos contemplados en las disposiciones modificadas por esta ley continuarán siendo conocidos por el tribunal que fuere competente, con arreglo al procedimiento que corresponda, si los hechos investigados pudieran constituir delitos. Para tal efecto, los jueces que se encontraren conociendo dichas causas deberán remitirlas al tribunal que corresponda, dentro del término de diez días.".