Texto oficial
Artículo 31.- Se entiende por invención toda solución
a un problema de la técnica que origine un quehacer
industrial. La invención podrá ser un producto o un
procedimiento o estar relacionada con ellos.
Se entiende por patente el derecho exclusivo que
concede el Estado para la protección de una invención. Los
efectos, obligaciones y limitaciones inherentes a la patente
están determinados por esta ley.