Texto oficial
Artículo 19 bis D.- La marca confiere a su titular el
derecho exclusivo y excluyente de utilizarla en el tráfico
económico en la forma que se le ha conferido y para
distinguir los productos, servicios, establecimientos
comerciales o industriales comprendidos en el registro.
Por consiguiente, el titular de una marca registrada
podrá impedir que cualquier tercero, sin su consentimiento,
utilice en el curso de las operaciones comerciales marcas
idénticas o similares para productos, servicios o
establecimientos comerciales o industriales que sean
idénticos o similares a aquéllos para los cuales se ha
concedido el registro, y a condición de que el uso hecho
por el tercero pueda inducir a error o confusión.
Cuando el uso hecho por el tercero se refiera a una
marca idéntica para productos, servicios o establecimientos
comerciales o industriales idénticos, se presumirá que
existe confusión.