Texto oficial
Artículo 74.- Se entenderá por esquemas de trazado o
topografía de circuitos integrados la disposición
tridimensional de sus elementos, expresada en cualquier
forma, diseñada para su fabricación.
Establece normas aplicables a los privilegios industriales y protección de los derechos de propiedad industrial
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30406 / 8287238.