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Artículo 13 de la Ley 19.040

Establece normas para adquisicion por el fisco de vehiculos que indica y otras disposiciones relativas a la transporte remunerado de pasajeros

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30407 / 8249004.

Texto oficial

Artículo 13.- El gasto que represente, durante el año 1991, la aplicación de esta ley, con excepción de las asignaciones compensatorias excepcionales a que se refiere el artículo 5°, se financiará con transferencias de hasta $ 3.900.000 miles del ítem 50-01-03-25-33.004 de la partida del Tesoro Público del Presupuesto de la Nación vigente.".