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Artículo 22 de la Ley 19.041

Condona recargos por impuestos morosos, dicta normas sobre administración tributaria, otorga asignaciones que indica y modifica diversos cuerpos legales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30408 / 8693634.

Texto oficial

Artículo 22.- Agrégase al inciso segundo del artículo 66 de la Ley Orgánica Constitucional del Banco Central de Chile, contenida en el Artículo Primero de la Ley N° 18.840, después del guarismo "45", eliminándose el punto aparte (.), la siguiente oración: "o por este Servicio, el de Impuestos Internos o el de Tesorerías, en el caso de fiscalizaciones relacionadas con solicitudes de franquicias aduaneras, tributarias o de fomento a las exportaciones.".