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Artículo UNICO de la Ley 19.066

Modifica articulo 126 de la ley n° 18.892, modificado por las leyes n°s. 18.977, 18.999, 19.009 y 19.043

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30433 / 8287314.

Texto oficial

"Artículo único.- Reemplázase en el artículo 126° de la ley N° 18.892, General de Pesca y Acuicultura, modificado por las leyes N° 18.977, N° 18.999, N° 19.009 y N° 19.043, la expresión "30 de junio de 1991" por "24 de agosto de 1991".".