Texto oficial
Artículo 6°.- Esta ley no será aplicable a los
funcionarios de las empresas del Estado dependientes del
Ministerio de Defensa Nacional o que se relacionen con el
Gobierno a través de dicho Ministerio.
Establece normas sobre organizaciones sindicales y negociacion colectiva
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30436 / 7188785.