Texto oficial
Artículo 6°.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante el año 1991, se financiará con transferencias del ítem
50-01-03-25-33.004 de la partida Tesoro Público del Presupuesto vigente.
El mayor gasto fiscal que signifique esta ley en el año 1992, deberá contemplarse en la Ley de Presupuestos del próximo año.".