Saltar al contenido

Artículo UNICO de la Ley 19.081 · Modifica articulo 46 de la ley n° 18.899

Modifica articulo 46 de la ley n° 18.899

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30448 / 5994797.

Texto oficial

"Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 46 de la Ley N° 18.899. a) Reemplázase, en su inciso segundo, el guarismo $ 300.000.000 (trescientos millones de pesos)" por $ 800.000.000 (ochocientos millones de pesos)", y b) Sustitúyese, en su inciso final, la expresión "31 de diciembre de 1991" por "31 de diciembre de 1994".".