Saltar al contenido

Artículo 2 de la Ley 19.092 · Autoriza ereccion de monumento en memoria de caupolican en la ciudad de temuco

Autoriza ereccion de monumento en memoria de caupolican en la ciudad de temuco

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 30459 · idParte: 8287337

Texto oficial

Artículo 2°.- El monumento se erigirá en la ciudad de Temuco, capital de la Región de la Araucanía.