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Artículo 1 de la Ley 19.098

Modifica decreto con fuerza de ley n° 1.791, de 1979, y decreto con fuerza de ley n° 9, de 1990, ambos del ministerio de justicia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30465 / 8905621.

Texto oficial

"Artículo 1°.- Modifícase el artículo 8° del decreto con fuerza de ley N° 1.791, de 1979, del Ministerio de Justicia, de la manera que se indica: a) Sustitúyese el Escalafón Masculino y el Escalafón Femenino de la Planta del Personal de Vigilantes Penitenciarios por los siguientes: "A. ESCALAFON MASCULINO Grado E.U.S. Grado Jerárquico N° de puestos 12 Gendarme Mayor 101 13 Vigilante Mayor 169 14 Gendarme 1° 316 15 Gendarme 2° 517 16 Vigilante 1° 754 18 Vigilante 2° 1.039 22 Gendarme 1.364 ------- Subtotal 4.260 B. ESCALAFON FEMENINO Grado E.U.S. Grado Jerárquico N° de puestos 12 Gendarme Mayor 7 13 Vigilante Mayor 13 14 Gendarme 1° 23 15 Gendarme 2° 39 16 Vigilante 1° 58 18 Vigilante 2° 87 22 Gendarme 176 ------- Subtotal 403 TOTAL DE LA PLANTA 4.663". b) Reemplázase el total general de "4.900" por "5.423".