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Artículo 5 de la Ley 19.098

Modifica decreto con fuerza de ley n° 1.791, de 1979, y decreto con fuerza de ley n° 9, de 1990, ambos del ministerio de justicia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30465 / 8905625.

Texto oficial

Artículo 5°.- El gasto que irrogue la aplicación de esta ley, durante el año 1991, será financiado con cargo al presupuesto vigente del Servicio de Gendarmería de Chile.".