Saltar al contenido

Artículo UNICO de la Ley 19.125 · Modifica articulo 23 del decreto ley n° 249, de 1973

Modifica articulo 23 del decreto ley n° 249, de 1973

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30492 / 8287381.

Texto oficial

Artículo único.- Reemplázase el inciso segundo del artículo 23 del decreto ley N° 249, de 1973, por el siguiente: "Lo establecido en el inciso anterior no se aplicará a las empresas del Estado que negocien colectivamente.".".