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Artículo 2 de la Ley 19.151 · Modifica decreto supremo n° 501, de 1977, del ministerio de defensa nacional

Modifica decreto supremo n° 501, de 1977, del ministerio de defensa nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30518 / 7189525.

Texto oficial

Artículo 2°.- El mayor gasto fiscal que demande la aplicación de esta ley, será financiado con cargo al presupuesto de la Subsecretaría de Aviación.".