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Artículo 3 transitorio de la Ley 19.156 · Crea juzgados de letras que indica y modifica el código orgánico de tribunales

Crea juzgados de letras que indica y modifica el código orgánico de tribunales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30523 / 8232391.

Texto oficial

Artículo 3°.- El mayor gasto que irrogue la aplicación de la presente ley se financiará con cargo al presupuesto del Poder Judicial.