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Artículo 92 de la Ley 19.175 · Ley orgánica constitucional sobre gobierno y administración regional

Ley orgánica constitucional sobre gobierno y administración regional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30542 / 8500528.

Texto oficial

Artículo 92.- Serán apelables para ante el Tribunal Calificador de Elecciones las resoluciones que emitan los Tribunales Electorales Regionales; en especial, aquellas a que se refieren los artículos 29, inciso tercero, 41, 55 y 59.