Texto oficial
Artículo 24.- El gasto que represente la aplicación de
este Título por el presente año será financiado con los
recursos contemplados en el presupuesto vigente del Parque
Metropolitano de Santiago. No obstante lo anterior, el
Ministro de Hacienda, con cargo al ítem 50-01-03-25-33.104,
de la Partida Tesoro Público, podrá suplementar ese
presupuesto en la parte de dicho gasto que no pudiere
financiarse con sus recursos.