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Artículo 22 de la Ley 19.182 · Aprueba ley de presupuestos del sector publico para el año 1993

Aprueba ley de presupuestos del sector publico para el año 1993

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 30549 · idParte: 8249092

Texto oficial

Artículo 22.- Autorízase al Presidente de la República para aportar hasta la cantidad de cinco millones de dólares, moneda de los Estados Unidos de América, como contribución de Chile al Fondo Multilateral de Inversiones. Lo anterior, sujeto a la aprobación posterior del Convenio Constitutivo del referido Fondo.