Texto oficial
"Artículo 1°.- Modifícanse, a contar del día primero del mes en que se publique la presente ley o, más tardar, desde el 1° de no viembre de 1992, las Plantas del personal de la Contraloría General de la República, aprobadas por el artículo 1° del decreto ley N° 3.651, de 1981, y modificadas por los artículos 66 de la ley N° 18.899 y 5° de la ley N° 19.056, y regidas por la Escala de Remuneraciones de la Contraloría General de la República y de las Instituciones Fiscalizadoras, en los siguientes términos:
A. PLANTA DE DIRECTIVOS:
Créanse dos cargos de Jefe de División grado 3°;
Suprímense dos cargos de Jefe de División grado 4°;
Creánse dos cargos de Subjefe de División grado 4°;
Suprímese un cargo de Jefe de Departamento grado 5°; Suprímense dos cargos de Subjefe de División grado 5°;
Créase un cargo de Jefe de Subdivisión grado 5°;
Créanse dos cargos de Jefe de Comité grado 4°;
Créase un cargo de Subjefe del Centro de Computación grado 5°;
Suprímese un cargo de Jefe de Departamento grado 6°;
Suprímese un cargo de Jefe de Sector grado 12°.
B. PLANTA PROFESIONAL:
Créanse tres cargos en el grado 4°;
Créanse seis cargos en el grado 5°;
Créanse diez cargos en el grado 6°;
Créanse ocho cargos en el grado 7°;
Créanse siete cargos en el grado 8°;
Créanse nueve cargos en el grado 9°;
Créanse cinco cargos en el grado 10°;
Créanse ocho cargos en el grado 11°;
Créanse cinco cargos en el grado 12°;
Créanse doce cargos en el grado 13°;
Créanse veintitrés cargos en el grado 14°;
Créanse veintisiete cargos en el grado 15°;
Suprímense los grados 16° con veinticinco cargos, 17° con veintinueve cargos y 18° con setenta cargos.
C. PLANTA DE FISCALIZADORES:
Créase el grado 10° con veintidós cargos;
Créanse cinco cargos en el grado 12°;
Suprímense dos cargos en el grado 13°;
Suprímense veinticinco cargos en el grado 14°.
D. PLANTA DE JEFATURAS:
Créanse tres cargos de Jefe de Sección grado 12°;
Créase un cargo de Jefe de Sección grado 13°;
Créanse dos cargos de Jefe de Sección grado 14°;
Créase un cargo de Jefe de Sección grado 15°;
Suprímense siete cargos de Jefe de Sección grado 16°.
E. PLANTA DE ADMINISTRATIVOS:
Suprímense cinco cargos de Oficiales Administrativos grado 18°;
Suprímense ciento cuarenta y siete cargos de Oficiales Administrativos grado 19°.
F. PLANTA DE MAYORDOMOS:
Créanse dos cargos de Mayordomos grado 18°;
Créanse tres cargos de Mayordomos grado 19;
Suprímense cinco cargos de Mayordomos grado 20°.
G. PLANTA DE AUXILIARES:
Créanse doce cargos de Auxiliares grado 19°;
Suprímense doce cargos de Auxiliares grado 20°.
H. ESCALAFON DIRECTIVO DE LAS CONTRALORIAS REGIONALES: JEFATURAS:
Créanse cuatro cargos de Jefe de Sección grado 12°;
Suprímense dos cargos de Jefe de Sección grado 14°;
Suprímense dos cargos de Jefe de Sección grado 15°.