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Artículo 9 de la Ley 19.196 · Sustituye plantas del personal del instituto nacional de estadisticas

Sustituye plantas del personal del instituto nacional de estadisticas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30563 / 8623779.

Texto oficial

Artículo 9°.- El gasto mensual de hasta $17.833 miles que represente la aplicación de esta ley para el presente año, será financiado con los recursos contemplados en el presupuesto vigente del Instituto Nacional de Estadísticas. No obstante lo anterior, el Ministro de Hacienda, con cargo al ítem 50-01-03-25-33.104 de la Partida Tesoro Público, podrá suplementar el referido presupuesto en la parte de dicho gasto que no pudiere financiar con sus recursos.".