Texto oficial
Artículo 9°.- Sustitúyese en los artículos 359, 363 y 366 del Código Penal la palabra "veinte" por "dieciocho".
Establece mayoria de edad a los 18 años y modifica cuerpos legales que indica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30588 / 8232443.