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Artículo UNICO de la Ley 19.232 · Modifica articulo 163 del código tributario

Modifica articulo 163 del código tributario

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30599 / 7190056.

Texto oficial

"Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la letra f) del inciso primero del artículo 163 del Código Tributario, contenido en el decreto ley N° 830, de 1974: a) Intercálase en su párrafo primero, entre la palabra "fianza" y la expresión "en una suma no inferior", la frase "En los casos a que se refiere el inciso segundo del número 4° del artículo 97, la fijará", precedida por un punto seguido (.). b) Agrégase el siguiente párrafo nuevo: "Al conceder el beneficio de la libertad provisional, el tribunal decretará simultáneamente el arraigo del procesado, hasta el término por sentencia firme del proceso incoado.".".