Texto oficial
Artículo 7°.- El mayor gasto que origine la aplicación de esta ley durante el año 1993, se financiará con cargo al Subtítulo 21 del presupuesto de la Dirección del Trabajo de dicho año, sin perjuicio de que la parte del mayor gasto que no pueda financiarse con dicho presupuesto, se financiará con cargo al Item 50-01-03-25-33.104 de la Partida Tesoro Público del Presupuesto de la Nación.