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Artículo 11 de la Ley 19.246 · Concede aguinaldo de fiestas patrias a trabajadores que indica

Concede aguinaldo de fiestas patrias a trabajadores que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 30613 · idParte: 5995960

Texto oficial

Artículo 11°.- Quienes perciban maliciosamente el aguinaldo que otorga esta ley, deberán restituir quintuplicada la cantidad recibida en exceso, sin perjuicio de las sanciones administrativas y penales que pudieren corresponderles.