Texto oficial
Artículo 14.- Derógase, a partir de la fecha indicada
en la letra d) del artículo 2° transitorio de la presente
ley, el artículo 36 de la ley N° 18.482, modificado por la
ley N° 18.717.
Modifica libros i, ii y v del código del trabajo, articulo 2472 del código civil y otros textos legales
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30617 / 8537431.